LOS DERECHOS SEXUALES SON DERECHOS HUMANOS
FUNDAMENTALES Y UNIVERSALES
1 - El derecho a
la libertad sexual. La
libertad sexual abarca la posibilidad de la plena expresión del potencial
sexual de los individuos. Se excluye toda forma de coerción, explotación y de
abusos sexuales en cualquier tiempo y situación de la vida.
2 - El derecho a la autonomía,
integridad y seguridad sexual. Este derecho incluye
la capacidad de tomar decisiones autónomas sobre la propia vida sexual dentro
del contexto de la ética personal y social. También están incluidas la
capacidad de control y disfrute de nuestros cuerpos, libres de tortura,
mutilación y violencia de cualquier tipo.
3 - El derecho a la privacidad
sexual. Éste involucra el
derecho a las decisiones y conductas individuales realizadas en el ámbito de la
intimidad, siempre y cuando no interfieran en los derechos sexuales de otros.
4 - El derecho a la equidad sexual. Este derecho se refiere a la oposición a todas las formas de
discriminación, con independencia del sexo, género, orientación sexual, edad,
raza, clase social, religión o limitación física o emocional.
5 - El derecho al placer sexual. El placer sexual, incluyendo el autoerotismo, es fuente de
bienestar físico, psicológico, intelectual y espiritual.
6 - El derecho a la expresión
sexual emocional. La expresión sexual va
más allá del placer erótico o los actos sexuales. Todo individuo tiene derecho
a expresar su sexualidad a través de la comunicación, el contacto, la expresión
emocional y el amor.
7 - El derecho a la libre
asociación sexual. Significa la
posibilidad de contraer o no matrimonio, de divorciarse y de establecer otros
tipos de asociaciones sexuales responsables.
8 - El derecho a la toma de
decisiones reproductivas, libres y responsables. Esto abarca el derecho a decidir tener o no hijos, el número y
el espacio entre cada uno, y el derecho al acceso pleno a los métodos de
regulación de la fecundidad.
9 - El derecho a información basada
en el conocimiento científico. Este derecho implica
que la información sexual debe ser generada a través de la investigación
científica libre y ética, así como el derecho a la difusión apropiada en todos
los niveles sociales.
10 - El derecho a la educación
sexual integral. Es un proceso que se
inicia con el nacimiento y dura toda la vida y que debería involucrar a todas
las instituciones sociales.
11 - El derecho a la atención de la salud sexual. La atención
de la salud sexual debe estar disponible para la prevención y el tratamiento de
todos los problemas, preocupaciones y trastornos sexuales.
Declaración del
XIII Congreso Mundial de Sexología, 1997, celebrado en Valencia, revisada y
aprobada por la Asamblea General de la Asociación Mundial de Sexología, WAS, el
26 de agosto de 1999, en el XIV Congreso Mundial de Sexología, celebrado en
Hong Kong, República Popular China.
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